26/04/2024
Política

PRM solicita al TSE no computar votos a Francisco Peña en SDE

El Partido Revolucionario Moderno (PRM) instó hoy al Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenar que no les sean computados a Francisco Peña los votos que sacó el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en el nivel B en el municipio Santo Domingo Oeste.

Los abogados Edwin Féliz Brito, Bunel Ramírez Merán, Julio Peña Guzmán, Antoliano Peralta y Ramón Efrén Cuello, en representación del PRM, informaron que depositaron una demanda en la que exigen al TSE ordenar que no le computen los votos del PLD a Peña, porque no fue escogido como candidato a alcalde por esa organización política durante una convención de delegados, como manda la Ley Electoral.

En cambio, demandaron que el TSE proclame al ingeniero José Dolores Andújar como alcalde electo de ese municipio, en razón de que resultó ser el segundo que más votos saco.

Recordaron que la Ley Electoral 275-97 establece que los candidatos de los partidos deben ser escogidos y proclamados en convenciones de delegados de sus respectivas organizaciones, bajo la supervisión de la Junta Central Electoral.

En el caso de Peña, según los abogados, el PLD no solo no cumplió con la ley Electoral, sino que también que no cumplió sus estatutos, los cuales en sus artículos 32, 40 y 42, ordenar la celebración de convenciones para la escogencia y proclamación de sus candidatos.

El artículo 32 de dicho reglamento interno del PLD dice: “Son atribuciones del Congreso Municipal o de Distrito Municipal: a) conocer de cualquier asunto que le someta el Comité Central o el Comité Político; b) elegir cada 4 años los candidatos a síndico, suplente de síndico y regidores, conforme al reglamento electoral”.

Mientras que el artículo 40 refiere:”La escogencia de los candidatos del Partido para las elecciones nacionales, congresuales y municipales, se hará mediante primarias internas, conforme el reglamento dictado al efecto, que estarán dirigidas por la Comisión Nacional Electoral, integrada por una coordinador, escogido por el Comité Político de entre sus miembros, los titulares de la Secretaría de Organización y asuntos electorales y 4 miembros del Comité Central».

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