28/03/2024
Política

Colegio de Abogados pide reformar la Constitución y modificar composición del Consejo de la Magistratura

El Colegio de Abogados (CARD) propuso al Congreso de la República una modificación a la Constitución que resuelva las «lagunas» institucionales existentes en la actualidad.

En un documento depositado al Congreso Nacional dado a conocer este miércoles, el CARD se refiere a una modificación de la composición del Consejo Nacional de la Magistratura, específicamente reformar el artículo 178 que indica los integrantes del Consejo, donde hasta ahora ha brillado por su ausencia el Colegio de Abogados.

El gremio profesional menciona modificar la independencia e inmovilidad del Ministerio Público y del Controlador General, considerando que es fundamental para nuestro desarrollo institucional, instaurar los mecanismos que refuercen la independencia tanto del Procurador General de la República, como del Controlador General, como mecanismos efectivos de prevención y lucha contra la corrupción administrativa.

Modificar el artículo 171 que designa y da requisitos a nombramientos del Procurador, que dice que el Procurador y los procuradores adjuntos serán nombrados por el Senado por un periodo de siete años de ternas propuestas de la Cámara de Diputados y permanecerán en el cargo hasta que sean sustituidos.

Piden también modificar el artículo 176 sobre defensa pública y el articulo 177 sobre asistencia legal gratuita.

Integrar al Colegio de abogados en el Consejo Nacional de la Magistratura en el  artículo 178 de la Constitución para que establezca la integración del presidente de la República, quien lo presidirá y en ausencia la vicepresidencia, así como el presidente del Senado, y un senador que pertenezca a un partido diferente del presidente del Senado, el presidente de la Cámara de Diputados, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, un magistrado de la Suprema Corte de Justicia, el procurador general de la República y el presidente del Colegio de Abogados. 

La propuesta incluye también, modificar mecanismo de nombramiento del Controlador General de la República, modificando el artículo 247 de la Constitución, que establezca el control interno, o sea fiscalización, evaluación, uso de inversión, órdenes de pago, tramites de órdenes, entre otros detalles administrativos.

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